martes, 31 de enero de 2012

Aspirantes proceso selectivo

Resolución de 12 de enero de 2012, de la Dirección General de Función Pública,...http://www.madrid.org/funcion_publica/seleccion_personal/nuevo_ingreso/CONSOLIDACION/GRUPO_V/hosteleria/res12_01_12.pdf
por la que se aprueban las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos en el proceso extraordinario de consolidación de empleo para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Auxiliar de Hostelería (Grupo V, Nivel 1, Área C), se publica la relación de excluidos y se anuncia la celebración del ejercicio de la fase de oposición del citado proceso selectivo (BOCM del 31 de enero).


Fecha:  3 de marzo de 2012
Hora:  10:00 horas

Con arreglo a la siguiente Distribución….http://www.madrid.org/funcion_publica/seleccion_personal/nuevo_ingreso/CONSOLIDACION/GRUPO_V/hosteleria/distribucion.pdf



El llamamiento será único para todos los aspirantes admitidos.

lunes, 30 de enero de 2012

Cese y Nombramiento del Director/a General de Recursos Humanos.

B.O.C.M. Núm. 19 
Lunes 23 de Enero de 2012

Ha sido cesado don Miguel José Zurita Becerril como Director General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación y Empleo y nombrada en su lugar a doña María Teresa Martínez de Marigorta Tejera.

CONTACTO


Confederación General del Trabajo (CGT)

Sección Sindical Única de Administración Pública de (CGT)
Consejería de Educación.
Comunidad de Madrid.

C// Bravo Murillo 39, Portal A, 28015 Madrid 


Teléfono:    Tf. 91.448.37.64 


Fax:    Fax 91.448.08.80


   



sábado, 28 de enero de 2012

¿Hay alguna parte del texto que no entendáis?

Artículo redactado por un funcionario del Grupo A-1
Difícilmente se puede expresar mejor la situación actual.  


Resulta que en la década prodigiosa del pelotazo, cuando media España se lo llevaba caliente a casa, cuando un encofrador sin estudios se embolsaba tres mil euros, cuando hasta el último garrulo montaba una constructora y en connivencia con un par de concejales se forraba sin cuento, cuando un gañán que no sabía levantar tres ladrillos a derechas se paseaba en Audi, los funcionarios aguantaban....http://cgtajoyagua.blogspot.com.es/2012/01/hay-alguna-parte-del-texto-que-no.html

jueves, 19 de enero de 2012

¿que hemos hecho para merecer esto?

Un nuevo retroceso en las condiciones laborales de los Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid.  Tras La ley  6/2011, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
Aumento del tiempo en la jornada semanal. (D.A. Primera)
De acuerdo con esta Ley y para el conjunto del sector público, la jornada ordinaria de trabajo tendrá un promedio semanal no inferior a las 37 horas  y 30 minuto, previa negociación  en el seno de las Mesas  siguientes:
·        La Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos; para los empleados sujetos  a convenio colectivo, y acuerdo sectorial de funcionarios.
·        La Mesa Sectorial  del Personal de Instituciones Sanitarias Públicas del Servicio Madrileño de Salud, para el personal de Sanidad.
·        La Mesa Sectorial de Personal Docente no Universitario, que afecta al personal docente de la consejería de Educación.
 Desde C.G.T. entendemos que, tras la negociación, con acuerdo o sin él, deberá de ser la  Consejería de cada ámbito la que dará  las Instrucciones precisas sobre el cómo y cuándo se ampliará  la Jornada.
Incapacidad temporal ( D.A. Segunda)
A partir del mes de enero de 2012, el régimen de prestaciones o complementos económicos en el supuesto de incapacidad temporal se ajustará estrictamente a lo dispuesto en la normativa del régimen de seguridad social que, en cada caso, resulte de  aplicación.
Porcentajes de prestación por enfermedad común.
La prestación de la Seguridad Social por enfermedad común se abonará por días naturales de la siguiente forma:
·         Del  1º al 3º  día de I.T. no se cobra ninguna retribución.
·         Del  4º al 15º de baja, el 60%  de  la base reguladora a cargo, de la Comunidad de Madrid.       
·         Del 16º al 20º  día de baja, el 60% de la base reguladora, a cargo de la Seguridad Social.
·         Del 21º día de baja en adelante, el 75% de la base reguladora, a cargo de la Seguridad Social.